viernes, 26 de noviembre de 2021
VUELTA AL TRABAJO PRESENCIAL DEL PERSONAL ESPECIALMENTE SENSIBLE AL COVID-19 Y PROPUESTAS SOBRE TELETRABAJO
lunes, 13 de septiembre de 2021
RECORDATORIO DE NUEVAS MEDIDAS DE IGUALDAD
Estimad@s compañer@s:
Como os informamos a finales de Mayo, quedó aprobado el Plan de Igualdad de AYESA de Ingeniería y Arquitectura, S.A., gracias al acuerdo entre Empresa y Representación sindical y cuya vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2023. Son muchas medidas que mejorarán la igualdad entre mujeres y hombres de la empresa, así como la conciliación de la vida personal y familiar y que se irán implantando progresivamente. Entre las que se han implantado ya queremos destacaros dos en estas fechas de inicio del curso:
• La disposición de bolsa de material escolar de 100€ brutos/año, para trabajador@s con hij@s entre 3 y 6 años, y que perciban menos de 20.000€ brutos/año, referenciados al año anterior. En ese sentido, os recordamos que debéis formalizar la correspondiente solicitud conforme al correo de RR HH de fecha 30/08/201, antes del 15 de septiembre inclusive.
• Ante el inicio de la jornada partida próximo 13 de septiembre, recordaros igualmente las medidas de flexibilidad acordadas por las que se modifica la presencia obligatoria de 9:00 a 14:00 y 16:00 a 18:00 horas, pudiendo entrar desde las 8:00. La pausa de descanso se realizará en franja flexible de 14 a 16 h pero en todo caso será horario de descanso obligatorio el periodo comprendido entre las 14:30 y las 15:30 horas que no computará como periodo de trabajo efectivo.
El Plan de Igualdad podéis consultarlo en la web de la empresa (www.ayesaworld.com) entrando en: Servicios Corporativos -> Recursos Humanos -> Espacio para la Igualdad -> Plan de Igualdad Ayesa Ingeniería y Arquitectura (2021):
Si tenéis alguna duda sobre la aplicación de las medidas mencionadas o cualquier otra podéis contactar con l@s delegad@s de CCOO, y con su responsable de Igualdad, Beatriz Moreno, o bien a través del correo ccooayesa@gmail.com.
Un saludo
miércoles, 30 de junio de 2021
martes, 15 de junio de 2021
EL PLAN MECUIDA HA SIDO PRORROGADO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021
El Plan MECUIDA (Art. 6 del RD 8/2020), en el que se recogen los derechos de adaptación y reducción de jornada ampliándolos para cubrir circunstancias excepcionales originadas por el Covid-19, ha sido prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021. Más información
martes, 1 de junio de 2021
viernes, 28 de mayo de 2021
¡CELEBRAMOS QUE, POR FIN, TENEMOS PLAN DE IGUALDAD EN AYESA INGENIERÍA Y ARQUITECTURA!
Estimad@s compañer@s:
Como os contábamos en un anterior comunicado, desde el año 2013 la sección sindical de CCOO llevamos solicitando a la
empresa la elaboración de un nuevo Plan de igualdad que dé respuesta a los
problemas de conciliación existentes en nuestro trabajo e incorpore medidas
efectivas para luchar contra la discriminación, sustituyendo al Plan de
igualdad elaborado unilateralmente por la Empresa en 2010, que fue declarado
nulo por la Audiencia Nacional.
Pues bien, nos alegra poder comunicaros que, tras un largo camino de
movilizaciones de la plantilla, de la demanda interpuesta por CCOO, del
consiguiente juicio y posterior recurso, y la posterior sentencia favorable del
Tribunal Supremo, tenemos por fin un Plan de Igualdad en Ayesa IA negociado y
acordado con la representación de las personas trabajadoras, firmado ayer 27 de
mayo y con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante,
valoramos positivamente el espíritu negociador de la Empresa en esta última
fase de concreción de las medidas.
Podéis conocer todas las medidas acordadas en el documento del Plan
remitido ayer por la Comisión Negociadora, con referencia a aspectos tan
diversos como: Selección y contratación; Clasificación profesional; Promoción
interna; Formación; Retribución; Ejercicio corresponsable de los derechos de la
vida personal, familiar y laboral; Sensibilización y comunicación; Prevención
del acoso sexual o por razón de sexo; Salud laboral; Violencia de género;
Infrarrepresentación femenina; y Condiciones de trabajo.
A continuación, te detallamos algunas de las medidas propuestas por la
Sección Sindical CCOO Ayesa Ing, que se han conseguido implantar.
·
En todos los centros de
trabajo se establece flexibilidad de entrada por la mañana
de 8 a 9 horas.
En los casos de jornada partida se establece presencia obligatoria de
9:00 a 14:00 y 16:00 a 18:00 horas. La pausa de descanso se realizará en
franja flexible de 14 a 16 h pero en todo caso será horario de descanso el
periodo comprendido entre las 14:30 y las 15:30 horas que no computará como
periodo de trabajo efectivo.
*Sin perjuicio de lo anterior, se respetará la flexibilidad horario
existente en los centros de trabajo de Madrid y Barcelona.
*Se exceptúan de todo lo anterior aquellos casos en los que las
necesidades del proyecto y/o del cliente requieran una flexibilidad distinta.
·
Equiparación de derechos para parejas de hecho
con matrimonios
·
La reducción de jornada por
cuidado de menores podrá ser entre las 8 y las 14.30 h (salvo para quienes hasta ahora vengan disfrutando de una jornada
reducida al 25% y trabajen hasta las 15:00 horas), o bien reducir el mínimo
(1/8) acumulando el resto de jornada
en una o dos tardes de oficina, consensuadas con
tu responsable, evitando así tener que venir todas las tardes de la semana para
conseguir mayor conciliación.
·
Disposición de bolsa de material escolar de 100€
brutos/año, para trabajador@s con hij@s entre 3 y 6 años, y que perciban
menos de 20.000€ brutos/año, referenciados al año anterior.
·
Garantizar que toda la formación estrictamente
necesaria para el puesto de trabajo se realice dentro de la jornada laboral,
y ofrecer flexibilidad y alternativas para el resto de formación que se imparta
fuera de horario laboral. Estudiar los motivos de rechazo y el posible
incremento de formación técnica dentro del horario laboral.
·
Elaboración de una Guía para la Conciliación
que recogerá todos los derechos y medidas en este ámbito, tanto los que están
en la legislación, como los del convenio colectivo y en la tabla de permisos,
incluyendo autorizaciones de Rodas e inclusión en repositorio, consensuada con
la Comisión de Seguimiento. Incluye la difusión de la misma una vez elaborada
·
En casos excepcionales en los que algún trabajador
o trabajadora manifieste estar atravesando una situación de especial
dificultad, tales como casos de enfermedad de menores y/o dependientes, la
empresa analizará la posibilidad de conceder teletrabajo de forma temporal
y condicionado a la existencia de la concurrencia de la causa que lo generó.
·
Elaboración de un Protocolo para la Prevención y
Tratamiento del Acoso Sexual y Acoso por Razón de Sexo y difundir el
protocolo de acoso sexual entre la plantilla una vez elaborado.
·
Elaboración de una Guía/Tutorial sobre
maternidad, paternidad, adopción y lactancia: pasos a seguir, contactos y
derechos.
·
Realizar un protocolo de desconexión digital
fuera del horario laboral, previo acuerdo en la propia Comisión de
Seguimiento.
·
Para contrarrestar la brecha salarial, realizar
el registro retributivo del ejercicio 2020, así como los registros y
auditoría salarial antes del 31.12.2021, en virtud de los RD 901/2020 y
902/2020. Ello implicará la inclusión de la siguiente información:
- El motivo de la diferencia aplicada, determinando claramente su causa
o justificación (como pueden ser: diferentes niveles de responsabilidad,
desarrollo de distintas funciones o diferentes antigüedades), que deberá
atender a razones objetivas y proporcionadas a la concreta situación de cada persona
trabajadora.
- La regulación de los complementos, pluses y demás conceptos
salariales, así como los criterios de asignación de los mismos, para reducir la
brecha salarial, si se produjera.
·
Establecer un sistema de transparencia salarial
en toda la organización que detalle las retribuciones base y los complementos
existentes en la compañía, así como los criterios de abono de los mismos. Esta
transparencia salarial, que recogerá conceptos, criterios y requisitos para la
cuantía de cada concepto, se dará a conocer a todo el personal.
Con estas medidas y el resto incluidas en el Plan esperamos que se
avance en la igualdad entre hombres y mujeres en la empresa, así como en el ejercicio
corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
A partir de ahora, l@s delegad@s de CCOO, y en especial la
responsable de Igualdad, Beatriz Moreno, nos ponemos a vuestra
disposición para aclarar cualquier duda respecto a la aplicación de las medidas
acordadas, y seguiremos trabajando en la Comisión de Seguimiento del Plan de
Igualdad vigilando su cumplimiento y proponiendo mejoras al mismo. Para
ello podéis contactar con nosotr@s, bien personalmente o a través del correo ccooayesa@gmail.com.
¡Enhorabuena compañer@s, el Plan de Igualdad es fruto de todos y todas!
martes, 25 de mayo de 2021
NEGOCIACIÓN DEL NUEVO CONVENIO: PROPUESTAS SOBRE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
En la reunión de la mesa negociadora del
nuevo Convenio de Ingenierías celebrada el 18 de mayo, pretendíamos analizar y
buscar los puntos de encuentro entre las propuestas de clasificación
profesional presentadas por la parte social (CCOO y UGT) y por la patronal. Con el fin de acercar posturas, CCOO y UGT
trasladaron una serie de adaptaciones sobre su propuesta inicial de
clasificación profesional, que son las siguientes:
§ Especificar las definiciones de cada nivel en el artículo 17 del
convenio y no solo hacer una definición general de los grupos profesionales, de
manera que sea posible enmarcar las ocupaciones y diferenciar claramente las
profesiones que están en cada nivel.
§ Eliminar
expresiones o palabras ambiguas que dificulten concretar
el nivel profesional.
§ Establecer un nivel 0 para puestos de responsabilidad de personas
o proyectos.
§ Personal
con titulaciones universitarias:
ü Incluir la convalidación de las titulaciones de máster en la
clasificación profesional.
ü Incluir en el nivel 1 aquellos trabajadores que se les contrate
por sus conocimientos adquiridos en un máster, independientemente de que sea
oficial y/o habilitante.
ü Establecer que los grados que sean titulaciones que estaban
enmarcadas en el nivel
ü 1 permanezcan en este nivel y las que estaban en nivel 2
permanezcan en nivel 2.
ü Mantener los “diplomados” en el nivel 2.
§ Personal técnico: Diferenciar
dos grupos profesionales distintos para el personal técnico por nivel de
estudios, conocimientos, autonomía, iniciativa y responsabilidad, identificando
un grupo para los niveles 3, 4 y 5 (FPII y grado medio y superior) y otro para
niveles 6,
§ Personal
con FPI :Establecer en
el nivel 3 a los delineantes proyectistas (antes en el 4), por hacer funciones
similares a un técnico de cálculo o diseño, que están en el nivel 3.
§ Personal
con estudios básicos o sin estudios).
ü Establecer un nivel 7 para auxiliares.
ü Establecer el nivel 8 para ayudantes.
ü Suprimir el nivel 9 del convenio
ü Eliminar las ocupaciones relacionadas con los oficios varios.
§ La categoría profesional y el nivel salarial se
determinarán por las tareas y funciones desempeñadas por el trabajador en su
puesto de trabajo, siendo la titulación requerida convalidable por experiencia,
conocimientos y habilidades de la persona trabajadora.
TECNIBERIA no presentó avance alguno
sobre su planteamiento inicial, limitándose a trasladar su negativa y opiniones
sobre los aspectos señalados de la propuesta de CCOO y UGT, que fueron:
● Acepta definir de forma concreta
los grupos profesionales y cada uno de los niveles.
● Mantiene la necesidad de introducir
el delineante de segunda. El delineante de segunda es un delineante que sin
experiencia se incorpora a la empresa y que con los años pasaría a delineante
de primera y después a proyectista. Plantea como otra opción regular el
delineante de segunda como técnico de segunda y el delineante como técnico de
primera, mezclando conocimientos y funciones con tiempo de experiencia en las
funciones realizadas.
● Mantienen que solo necesitan
ingenieros/as para visar los proyectos, que la ley les permite que el trabajo
propio de estos profesionales lo realice personal de otras categorías con
niveles formativos inferiores, pero sí quieren que estas personas tengan los
conocimientos adquiridos en esas titulaciones universitarias.
● Defienden que las personas
trabajadoras que se incorporan a una empresa sin experiencia han de ser
contratados como becarios para después pasar por varias categorías hasta que
adquieran experiencia suficiente para ser contratadas en la categoría de su
titulación.
● Plantea la posibilidad de subir a
los ayudantes de oficios varios al nivel 8 y reestructurar este nivel, sin
eliminar los servicios varios.
● Sostiene que la agrupación
planteada para el personal técnico es artificial y no tiene lógica, ya que por
ejemplo el oficial de segunda con el de primera han de ir en el mismo grupo,
por el simple hecho de llamarse a los dos oficiales, pero sin tener en cuenta
las funciones realizadas o el grado de autonomía.
● Defiende que no es posible
concretar los puestos de trabajo a los que afectaría el nivel cero, para
responsables de proyectos, y roza con la capacidad de libre designación de la empresa
para las promociones a estos puestos. Esta responsabilidad puede ser de
carácter transitorio, por lo que no se puede consolidar una categoría que se va
a desempeñar temporalmente.
● Limitan la consideración de los
máster exclusivamente a aquellos que sean habilitantes.
● Pretenden que todas las personas trabajadoras contratadas por su titulación de “grado universitario” estén en el nivel salarial 2 de convenio.
Tras la reunión, para CCOO cada vez
es más patente la necesidad de acometer una reforma de la clasificación
profesional que aclare cómo y dónde enmarcar al personal técnico y al personal
con titulaciones universitarias tras el Plan Bolonia, ya que hemos vuelto a
constatar que tenemos grandes diferencias sobre cómo las empresas del sector están
aplicando las categorías del convenio para encuadrar a sus trabajadoras y
trabajadores. Es imprescindible diferenciar los niveles por los conocimientos y
habilidades requeridas para cada uno de ellos.
En relación a la reestructuración de
los niveles 7, 8 y 9 de convenio, para CCOO es inconcebible que TECNIBERIA
rechace la propuesta argumentando que es un incremento de las retribuciones que
las empresas no pueden asumir. Actualmente el convenio regula un salario mínimo
de 14.000 euros brutos anuales, y con la modificación planteada, estas
categorías pasarían a cobrar 14.237,93 euros brutos anuales, por lo que el
incremento para el personal en las categorías 8 y 9 sería de 237,93 euros
anuales. ¿Este incremento es inasumible para las empresas?
Para CCOO es inaceptable también que
puestos de trabajo que venían siendo contratados en el nivel 1 de convenio por
su titulación universitaria pasen a contratarse en el nivel 2, con una
diferencia de 6.000 euros brutos anuales, titulaciones que anteriormente al Plan
Bolonia eran licenciaturas y que actualmente son grados universitarios.
Si necesitas ampliar información o
necesitas alguna aclaración sobre el contenido del XX Convenio Nacional de
Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos no dudes en ponerte en
contacto con la delegada o delegado de CCOO en tu centro de trabajo o escribir
a este mail.
Seguiremos informando.
lunes, 3 de mayo de 2021
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA LAS ELECCIONES DEL 4M
martes, 9 de febrero de 2021
“DESARRÓLLATE EN AYESA”, UN PLAN QUE PODRÍA SER INTERESANTE PERO SE QUEDA EN DEFICIENTE Y PREOCUPANTE
Estimad@s compañer@s
El pasado 15/12/2020 la empresa comunicó a la plantilla la
implantación del Plan “Desarróllate en AYESA” que comprende un nuevo sistema de
roles asignado a cada miembro de la empresa y la evaluación anual del desempeño
por cada uno de los responsables.
La creación de un sistema de roles en el que las funciones de
los trabajadores estén más ajustadas a la realidad de la actividad de la
empresa nos parece, a priori, positivo, siendo una demanda sindical del sector
desde hace años para su actualización en el Convenio de Ingenierías. No
obstante, con la información aportada por la Empresa, la Sección Sindical de CCOO
considera que la implantación de dicho Plan presenta diversos aspectos
controvertidos que han conllevado la emisión de un informe negativo por parte
del Comité de Empresa.
Los motivos que originan nuestra postura son los siguientes:
• La empresa no
reconoce ningún aumento de retribución salarial para aquellos empleados
que, como consecuencia de un cambio de rol, asuman funciones acordes con una
categoría profesional superior o una mayor responsabilidad, lo cual debe ser
reconocido mediante el cambio de categoría correspondiente o la asignación de
un plus.
• En la
información aportada no se describen los puestos de trabajo con exactitud.
Esta descripción debe permitir analizar cada uno de los puestos de trabajo en
profundidad, determinando el conjunto de funciones y responsabilidades de cada
puesto y el nivel requerido de las competencias clave para desempeñarlo. En la
información aportada se indica que cada rol posee unas funciones fundamentales
además de sus competencias, pero no se dice cuáles son, lo cual es supone una
deficiencia en cuanto al nivel de definición.
• En la
evaluación del desempeño resulta necesario conocer tanto los indicadores
empleados como su peso porcentual dentro de la evaluación, sobre todo de
aquellos indicadores que no obedecen a un criterio objetivo de valoración, como
por ejemplo la profesionalidad, la vocación de servicio o el sentido
de pertenencia. En este sentido necesitamos conocer qué criterios se siguen
para evaluar cada uno de los indicadores y cuál es el nivel máximo y mínimo en
cada uno de los roles. En definitiva, cada persona trabajadora debe saber lo
que se espera de ella de forma que pueda enfocar su trabajo correctamente y
cómo se le va a evaluar.
• La formación
que van a recibir los evaluadores, que son los responsables directos y
cuyas habilidades sociales son dispares, debe ir más a allá de conocer la
aplicación y el proceso, y debería completarse con una formación inicial y
continua que incida en las técnicas de realización de la entrevista y la
correspondiente evaluación de forma objetiva y sin dejarse llevar por
afinidades personales, a ser posible realizada por una empresa externa experta
en formación de mandos intermedios.
• La implantación
del sistema tiene implicaciones en otras cuestiones propias de la Empresa como
el Plan de Formación. En las reuniones mantenidas con el evaluador se
pueden detectar necesidades formativas específicas que deberán figurar en el
Plan de Formación actual o futuro. Consideramos que las necesidades formativas
detectadas en estas sesiones deben quedar perfectamente recogidas en el Plan de
Formación y por tanto ser comunicadas a la Representación Legal de los
Trabajadores (RLT) y supervisadas por esta.
• Por último, se
debería contemplar que la aplicación y baremos para la evaluación de los nuevos
roles a la plantilla sea pública y se ponga en conocimiento de la RLT qué
rol se ha asignado a cada uno de los miembros, para facilitar su seguimiento y
control. En ese sentido, también se echa en falta la creación de una
comisión Empresa-RLT que periódicamente evalúe la aplicación del nuevo sistema,
ya que estos mecanismos de control resultan necesarios para evitar
subjetividades. A todo lo anterior se ha negado la empresa, sin que exista, por
tanto, transparencia alguna con los representantes de los trabajadores.
En conclusión, pese a las “buenas intenciones” expresadas por
la empresa, desde CCOO manifestamos nuestra preocupación por la implantación de
un sistema que lo que realmente esconda es que las personas trabajadoras
lleguen a asumir mayores tareas sin el consiguiente aumento de retribución
salarial, como así ha sido reconocido por la Empresa, y cuya evaluación del
desempeño no tenga realmente como finalidad la mejora de las competencias
profesionales, sino exclusivamente valorar de forma subjetiva si cada persona
está realizando bien o mal su trabajo.
Seguiremos informando.
lunes, 25 de enero de 2021
CONSTITUIDA LA MESA NEGOCIADORA DEL XX CONVENIO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERÍAS
Estimad@s compañer@s
El pasado 18 de enero se constituyó la comisión negociadora
del convenio, en la que CC.OO. cuenta con 6 de los 13 miembros titulares que
corresponden a la parte social, al ostentar el 47% de la representación
sindical del sector. Con esta reunión se inicia la negociación del XX Convenio
Colectivo de Empresas de Ingenierías y Oficinas Técnicas, la cual esperamos
discurra con voluntad negociadora por parte de Tecniberia y nos permita acordar
un nuevo marco legal que dé estabilidad al sector.
La reunión comenzó con la lectura de los datos de
representatividad del sector, y con el cálculo de los correspondientes puestos
titulares que corresponden a cada una de las organizaciones integrantes de la
comisión negociadora. Los puestos en la mesa de la parte social se reparten
proporcionalmente teniendo como referencia los datos recibidos del Ministerio
de Trabajo, que son:
· CCOO: Con el 47% de la
representación estatal, corresponden 6 miembros titulares.
· UGT: Con el 34% de la representación estatal, corresponden 5
miembros titulares.
· CIG: Con el 1% de la representación estatal, le corresponde 1
miembro titular.
·
ELA: Con el 1% de la
representación estatal, le corresponde 1 miembro titular, pero no ha respondido
a la convocatoria ni han asistido a la reunión.
La bancada empresarial estará ocupada por Tecniberia y
ASINCA, (asociación catalana de empresas de ingeniería), quienes designaron a
representantes de sus empresas asociadas como Applus, Ayesa Ingeniería y
Arquitectura, Typsa, Eptisa, Initec-Intecsa e Intecsa-Inarsa
Tras la constitución de mesa, CCOO manifestamos nuestra
voluntad de presentar una plataforma de negociación conjunta con el resto de los
miembros de la parte social, por lo que exploraremos la posibilidad de unificar
propuestas con ellas.
Tuvimos también ocasión de intercambiar pareceres respecto al
estado del sector de ingenierías, y cómo este pudiera condicionar las posturas
de las partes durante la negociación del convenio. Según Tecniberia, estamos en
una época de mucha incertidumbre, lo que hace impensable un convenio de amplia
vigencia temporal, con grandes cambios en su contenido y con incrementos
económicos. Lo idóneo, según ellos, sería prorrogar el convenio un año más sin
modificaciones. Para CCOO la vigencia temporal dependerá del acuerdo al que se
llegue; si se consiguen medidas que mejoren las condiciones de las trabajadoras
y trabajadores del sector de forma sustancial y que necesiten de un amplio
periodo para su implementación, estaríamos de acuerdo en un convenio para
varios años. En cualquier caso, tenemos que estudiar el futuro acuerdo en su
globalidad para hacer las valoraciones pertinentes de forma objetiva.
También pudimos hablar con la patronal sobre la propuesta que
desde la parte social le hicimos llegar para negociar un acuerdo sectorial
que estableciera la forma de compensación de los gastos derivados del
trabajo a distancia. Tecniberia rechazó nuestra propuesta, argumentando que
las empresas del sector presentan situaciones económicas muy heterogéneas. Desde CC.OO. les trasmitimos que el Real
Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, establece de
forma clara la obligación de negociar la compensación de gastos, y puesto que
la patronal rechaza estandarizarlas, trasladaremos la negociación empresa a
empresa y solicitaremos su inicio en todas aquellas en las que tengamos
representación.
Con esta reunión se inicia por tanto la negociación de un
nuevo acuerdo. Desde CCOO confiamos en que siga creciendo el interés y la
participación de las trabajadoras y trabajadores del sector sobre sus
condiciones de trabajo. Con la suma de todas y todos tendremos más fuerza en la
mesa y conseguiremos mejorar las condiciones laborales de las personas a
quienes aplica.
La próxima reunión de la comisión negociadora, en la que se expondrá
el contenido de las diferentes plataformas, se celebrará el día 18 de febrero. Si
necesitas ampliar información o alguna aclaración relacionada con el XX
Convenio Nacional de Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos no
dudes en ponerte en contacto con las delegadas o delegados de CCOO.
Seguiremos informando.