jueves, 23 de mayo de 2019

MODIFICACIONES DE LOS REALES DECRETOS 6 Y 8 DE 2019


Resumen de las modificaciones legislativas incluidas en los Reales Decretos 6 y 8 de 2019 de medidas urgentes para la igualdad de mujeres y hombres en el empleo y la ocupación:















miércoles, 22 de mayo de 2019

LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SANCIONA A AYESA POR NO ABONAR NI COMPENSAR LAS HORAS EXTRAS DEL PERSONAL TÉCNICO


Estimad@s compañer@s
El pasado 17 de mayo recibimos un oficio de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla en el que se nos informa de la constatación de diversas infracciones de la Empresa respecto a la realización de horas extraordinarias estructurales por una parte del personal técnico de AYESA, sin que mediara abono o compensación por tiempos de descanso, ni cotización a la Seguridad Social. A petición de much@s de vosotr@s, este hecho había sido denunciado por CCOO como consecuencia del elevado número de horas extraordinarias sin retribuir o compensar realizadas por el personal técnico durante el periodo de jornada intensiva del año 2016.
Tres años después de la interposición de la denuncia, y lamentando la tardanza en resolver por parte de la Inspección de Trabajo, esta emite por fin una resolución por la que sanciona a la Empresa por los motivos antes comentados, si bien establece a su vez que “al haber transcurrido el plazo legalmente establecido para el abono o compensación mediante descanso, no es posible exigir a la empresa su retribución o disfrute de descanso” (aclaramos que dicho plazo es de 1 año).
Después de la interposición de la denuncia, la Empresa dejó de entregar a los representantes sindicales los registros de las picadas, lo que nos ha impedido supervisar el número de horas extraordinarias realizadas por parte del personal técnico durante los años 2017, 2018 y lo que llevamos de 2019. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor del RDL 8/2019 y de la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (14 de mayo de 2019), es obligación del empresario poner a disposición de l@s trabajador@s y sus representantes copia de dichos registros horarios, cuya implantación o cambio en los mismos deben ser negociados con los representantes de l@s trabajador@s, por lo que volveremos a vigilar la realización de horas extraordinarias sin abonar o compensar.
Así pues, una vez más la Inspección de Trabajo nos da la razón, y con el objeto de que dicha situación no se vuelva a repetir en el futuro, hemos solicitado una reunión a Recursos Humanos para tratar con buena voluntad la negociación de la puesta en marcha de un protocolo, similar al ya existente para el colectivo de delineantes, para la regulación de las horas extraordinarias realizadas por el personal técnico y su retribución o compensación, que fue el fin perseguido con la denuncia interpuesta en 2016.
Esperamos que de dicha negociación surja un acuerdo entre la Empresa y los representantes de la plantilla para, como establece el Convenio, limitar la realización de horas extraordinarias a periodos de puntas de producción (y con ello facilitar la conciliación laboral y familiar), y que estas se retribuyan o compensen a cualquier trabajador, sin distinción del puesto que ocupe. Del resultado de esta reunión os informaremos debidamente.
Copia de dicha resolución de la Inspección de Trabajo estará expuesta en los tablones de anuncios de las plantas 0 y 1.