El pasado día 14 de junio se firmó el XVII Convenio Colectivo de
Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos, por parte de
Comfía-CCOO, Fes-UGT y la patronal Tecniberia.
El XVII Convenio, que entrará en vigor una vez publicado en el BOE,
introduce novedades en las siguientes materias:
o
Vigencia a
dos años (2012-2013).
o Ampliación
del ámbito funcional, incorporando la actividad de los Despachos de Arquitectura.
o Incremento
de tablas salariales del 0,8% para el año 2013, con efectos retroactivos del 1
de enero de dicho año.
o Modificación
del devengo de pagas extraordinarias en el inicio y/o finalización de la
relación laboral, que en lugar de meses completos computará conforme a los días
trabajados en el mes que se produzca dicho inicio y/o finalización de la
relación laboral.
o Modificación
de la penalización por dimisión del trabajador, pasando a computarse en días
naturales en lugar de días laborables y descontándose la falta de preaviso del
salario mensual.
o Compromiso
de adaptación y modernización del sistema de clasificación profesional a través
de una Comisión Técnica que deberá iniciar sus trabajos antes de 30 días desde
la firma del convenio y finalizar los mismos antes del 30 de noviembre de este
mismo año.
El articulado del convenio se ha adaptado a las nuevas disposiciones
legales, modificando todos aquellos artículos que estaban referenciados a
normativa laboral derogada o modificada.
Igualmente han quedado constituidas las comisiones que emanan del
Convenio Colectivo, paritaria de interpretación, formación y técnica de
categorías.
El valor más importante que tiene la firma de este convenio, es su
propia supervivencia y por tanto, la permanencia de condiciones laborales
mínimas para las plantillas del sector. Despejamos así la amenaza de pérdida de
vigencia que ha introducido la última reforma laboral y aseguramos su
mantenimiento, al menos, un año y medio más.
Buenas tardes,
ResponderEliminar¿se sabe el nº de horas anuales de trabajo para este año?
un saludo
El número de horas no ha cambiado en el nuevo convenio. Siguen siendo 1800 h como jornada máxima anual
EliminarOk. Muchas gracias
ResponderEliminarOtra consulta relacionada con el nº de horas:
ResponderEliminar¿Estas 1800 horas son obligatorias? Me explico, el caso es que con el aumento que hubo de días de vacaciones en el convenio, llevamos 2 años que debemos 16 horas/año a la empresa y por lo que hemos visto el año que viene sera parecido. ¿Esto es así? ¿si añadieran otro día de vacaciones en un futuro, sería otro día que tendríamos que recuperar realmente para dar el nº de horas anuales?
Un saludo y gracias
Las 1800 h son de jornada máxima anual, pero cada empresa puede aplicar una jornada anual menor. En el caso de AYESA Sevilla son 1792.
EliminarHasta la aplicación del dia 23 de vacaciones, la jornada máxima era de 1800 h con 22 dias laborables de vacaciones, lo que quiere decir que un día más de vacaciones resta la jornada anual a 1792, faltando 8 h para completarla
el abono del plus convenio en niveles 1 y 2 depende de si es tu primer trabajo, pero en esa empresa? o si ya has trabajado en otra empresa como diplomado/licenciado han de abonarte ya el plus convenio?
ResponderEliminar¿El plus se añade al salario o ya esta incluido en el? Ejemplo: trabajador de nivel 5 año 2013: 968€ mes bruto . ¿a esto hay que añadirles los 2109/14=150€ del plus ? La nomina seria A: 968+150 ó B: 818+150=968€?? Gracias
ResponderEliminarHay que añadirle aparte los 150 €
ResponderEliminarcuantos dias de preaviso son en ayesa
ResponderEliminarBuenas Rafael, para contratos inferiores a un año la empresa no tiene la obligación de preavisar, si el contrato es superior al año debe preavisar con 15 días de antelación, al igual que en el resto de empresas. Si no existe preaviso, como suele ocurrir, deben abonar esos 15 días en la liquidación.
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