Estimad@s compañer@s
El
año pasado, a denuncia de la Sección Sindical de CCOO, la Inspección de Trabajo
resolvió que la Empresa debía facilitar a los representantes de los
trabajadores tanto la copia básica de los contratos con indicación del salario
para "comprobar la adecuación del
contrato de trabajo a la legalidad vigente" como los TC2, para velar
por el “cumplimiento de las normas
vigentes en materia de Seguridad Social”.
Sin
embargo, la Empresa optó por desobedecer este requerimiento de la autoridad
laboral, procediendo a una recogida de firmas entre la plantilla. Con ello,
alegaban una supuesta negativa del
personal a facilitar dichos datos a sus representantes, y cuya única finalidad
era obstaculizar la labor reconocida a los delegados sindicales en el Estatuto
de los Trabajadores.
Esta
actitud de la Empresa, contraria a los requerimientos de la Inspección de
Trabajo, conllevó la interposición de una nueva denuncia por parte de la
Sección Sindical de CCOO, la cual ha sido resulta el pasado día 2 de abril, y de nuevo con carácter FAVORABLE por
parte de la Inspección de Trabajo, que al respecto manifiesta:
La
legitimidad de entrega de información de los documentos de cotización (RNT) al
Comité de Empresa, con la inclusión de los datos de identificación de los
trabajadores, se encuentra regulada tanto en el artículo 41 de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 25.4 del Real Decreto 1415/2004, de
11 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad
Social, no admitiéndose las
argumentaciones de la representación de la empresa para eludir tal obligación.
La
Inspección de Trabajo también sanciona a la Empresa, como ya advirtió en la
anterior resolución, por no incluir la cuantía salarial en la copia básica de
los contratos de trabajo, entendiendo que la Empresa no ha procedido a cumplir
con la obligación de facilitar la documentación completa que permita a la
representación legal de los trabajadores cumplir con su deber de vigilancia en
cuanto al cumplimiento de la normativa laboral.
Una
vez recibida esta nueva resolución de la Inspección de Trabajo, esperamos que
la Empresa deje de poner trabas a los delegados sindicales, confundiendo de
paso a la plantilla, y se atenga a cumplir
con la normativa laboral, facilitando la documentación referida conforme a
la Ley.
Como
no puede ser de otra manera, la Sección
Sindical de CCOO se compromete a emplear estos datos con el único fin de evitar
abusos y discriminaciones a l@s trabajador@s de la plantilla, y velar por el
cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social, guardando absoluta
confidencialidad de la información que se nos aporte, como es de obligado
cumplimiento.
Copia
de dicha resolución de la Inspección de Trabajo estará expuesta en los tablones
de anuncios de las plantas 0 y 1.
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