miércoles, 24 de abril de 2019

LA INSPECCION DE TRABAJO INVALIDA LA RECOGIDA DE FIRMAS POR PARTE DE LA EMPRESA Y NOS VUELVE A DAR LA RAZON


Estimad@s compañer@s
El año pasado, a denuncia de la Sección Sindical de CCOO, la Inspección de Trabajo resolvió que la Empresa debía facilitar a los representantes de los trabajadores tanto la copia básica de los contratos con indicación del salario para "comprobar la adecuación del contrato de trabajo a la legalidad vigente" como los TC2, para velar por el “cumplimiento de las normas vigentes en materia de Seguridad Social”.
Sin embargo, la Empresa optó por desobedecer este requerimiento de la autoridad laboral, procediendo a una recogida de firmas entre la plantilla. Con ello, alegaban una supuesta negativa del personal a facilitar dichos datos a sus representantes, y cuya única finalidad era obstaculizar la labor reconocida a los delegados sindicales en el Estatuto de los Trabajadores.
Esta actitud de la Empresa, contraria a los requerimientos de la Inspección de Trabajo, conllevó la interposición de una nueva denuncia por parte de la Sección Sindical de CCOO, la cual ha sido resulta el pasado día 2 de abril, y de nuevo con carácter FAVORABLE por parte de la Inspección de Trabajo, que al respecto manifiesta:
              La legitimidad de entrega de información de los documentos de cotización (RNT) al Comité de Empresa, con la inclusión de los datos de identificación de los trabajadores, se encuentra regulada tanto en el artículo 41 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 25.4 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, no admitiéndose las argumentaciones de la representación de la empresa para eludir tal obligación.
La Inspección de Trabajo también sanciona a la Empresa, como ya advirtió en la anterior resolución, por no incluir la cuantía salarial en la copia básica de los contratos de trabajo, entendiendo que la Empresa no ha procedido a cumplir con la obligación de facilitar la documentación completa que permita a la representación legal de los trabajadores cumplir con su deber de vigilancia en cuanto al cumplimiento de la normativa laboral.
Una vez recibida esta nueva resolución de la Inspección de Trabajo, esperamos que la Empresa deje de poner trabas a los delegados sindicales, confundiendo de paso a la plantilla, y se atenga a cumplir con la normativa laboral, facilitando la documentación referida conforme a la Ley.
Como no puede ser de otra manera, la Sección Sindical de CCOO se compromete a emplear estos datos con el único fin de evitar abusos y discriminaciones a l@s trabajador@s de la plantilla, y velar por el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social, guardando absoluta confidencialidad de la información que se nos aporte, como es de obligado cumplimiento.
Copia de dicha resolución de la Inspección de Trabajo estará expuesta en los tablones de anuncios de las plantas 0 y 1.

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