Estimada compañera, Estimado compañero,
El día de ayer 23 de abril se ha resuelto con acuerdo la demanda que CCOO presentó ante la Audiencia Nacional, motivada para corregir la redacción que sobre la acumulación del permiso de lactancia (artículo 37.4 del Estatuto de las Personas Trabajadoras) contenía el XX Convenio de Ingenierías.
En el Convenio en vigor, este permiso venía regulado en el artículo 24.2 y limitaba el permiso a un máximo de dos semanas ininterrumpidas, catorce días naturales, y determinaba que debían usarse al finalizar las 16 semanas de la suspensión del contrato por cuidado del menor nacido.
Con
este acuerdo, se ha conseguido:
- que el cálculo
de los días que corresponden por la acumulación del permiso se deberá
hacer de forma individualizada para cada solicitud, lo que aumenta el
número de días de permiso, y siempre en días laborables.
- se permite decidir a cada persona solicitante la fecha más conveniente para su uso, solo con el límite de los 9 meses de edad del menor nacido.
En
la negociación en curso del nuevo Convenio, deberá quedar reflejado este acuerdo
modificando el redactado del artículo que lo regula para su adecuación a lo
pactado.
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