viernes, 26 de junio de 2026

Valoración del Protocolo de actuaciones ante condiciones climatológicas adversas

 Estimada compañera, Estimado compañero,


Desde la Sección Sindical de CCOO queremos informarte que, tras numerosas solicitudes, por fin la Empresa nos remitió la primera versión del PROTOCOLO DE ACTUACIONES ANTE CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS ADVERSAS con fecha de 18 de mayo.



Aunque desde el Comité de Empresa manifestamos nuestra predisposición a la implantación de un protocolo de actuación ante condiciones climatológicas adversas, fue necesario emitir informe desfavorable a dicho borrador, solicitando la modificación del mismo en diversos aspectos como la inclusión en el análisis de los factores de riesgo de la disminución de la visibilidad por lluvia y el riesgo de caída de objetos por viento, o el establecimiento de medidas en los desplazamientos, solicitando que el protocolo recoja como principal medida preventiva evitar en la medida de los posible los desplazamientos y la recomendación del teletrabajo como medida de adaptación de las condiciones de trabajo, en los casos de alerta naranja o roja.

El pasado 18 de junio la Empresa remitió una segunda versión del protocolo de actuaciones ante condiciones climáticas adversas que, si bien recoge buena parte de nuestras solicitudes, mantiene para el caso de las alertas naranjas que “Se debe acudir a la oficina con normalidad”, aunque matizando esta obligatoriedad indicando entre otras cuestiones que "se debe estar atentos a las recomendaciones de las autoridades" o que "Antes de realizar desplazamientos, consulta el estado de las carreteras y en caso de apreciar un riesgo alto para la seguridad y salud, por favor informa a tu responsable, que te dará las instrucciones pertinentes.” o que "en el caso de que las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo por parte de la empresa, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.”.
Atendiendo a ello, hemos realizado un nuevo informe desfavorable que, entre otras cuestiones, pone de manifiesto que el protocolo traslada la responsabilidad de la realización de la evaluación del riesgo al trabajador lo que va en contra de lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.  Así mismo, implica la obligación de iniciar el desplazamiento a pesar de que como establece AEMET el peligro es importante, por lo que consideramos que las medidas preventivas establecidas en el protocolo en el caso de alerta naranja no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultando por tanto obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo por parte de la Empresa, y por lo tanto consideramos que en los casos de alerta naranja (activados por fenómenos distintos a temperaturas extremas) el protocolo debe recoger como principal medida preventiva evitar en la medida de los posible los desplazamientos y la recomendación del teletrabajo como medida de adaptación de las condiciones de trabajo.
Si bien valoramos muy positivamente las mejoras implementadas en esta segunda versión del protocolo de actuaciones ante condiciones climáticas adversas, consideramos que la versión actual mantiene graves deficiencias en el caso de las actuaciones previstas para los casos de alerta naranja, y que no evita la improvisación y cambios de criterios a destiempo que hemos venido sufriendo cada vez que tenemos una alerta naranja.
Esperamos que la Empresa asuma nuestras solicitudes y pronto tengamos un protocolo de actuaciones ante condiciones climáticas adversas que garantice la seguridad y salud de las personas trabajadoras de Ayesa.

Si necesitas alguna aclaración o tienes alguna duda respecto a este u otros temas, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegada o delegado de CCOO, escribir a este mail a CCOOAYESA@gmail.com.

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