viernes, 25 de septiembre de 2026

Saca partido a tu formación con el Permiso Individual de Formación (PIF)

 Estimada compañera, Estimado compañero,

 

Estamos en septiembre, mes de matriculación en numerosos títulos oficiales, y desde la Comisión de Formación y la Sección Sindical de CCOO queremos recordaros un derecho laboral fundamental que a menudo pasa desapercibido, pero que es una herramienta potentísima para vuestro crecimiento profesional y personal: el Permiso Individual de Formación (PIF).

 

En un entorno laboral en constante evolución, la formación continua no puede ser un lujo ni depender únicamente de la disponibilidad de nuestro tiempo libre. Por ello, os informamos de las condiciones actuales y las actualizaciones normativas que amparan este derecho.

 

1 ¿Qué dice la legislación vigente?


El PIF está regulado legalmente dentro del sistema de formación profesional para el empleo. Su marco normativo principal se sustenta en la Ley 30/2015 y el Real Decreto 694/2017, los cuales se han visto reforzados recientemente por la Ley Orgánica 3/2022 de Ordenación e Integración de la Formación Profesional y el Real Decreto 659/2023.

 

Estas normativas garantizan y simplifican el acceso de los trabajadores a titulaciones oficiales y procesos de acreditación de competencias, obligando a las empresas a gestionar y facilitar su disfrute a través de los créditos de bonificación de la FUNDAE.

 

2 ¿En qué consiste y cuáles son tus garantías?

 

El PIF es un permiso retribuido que la empresa está obligada a conceder si cumples con los requisitos, permitiéndote ausentarte del puesto de trabajo para formarte sin que ello suponga ninguna pérdida salarial.

  • Bolsa de horas: Tienes derecho a disfrutar de hasta un máximo de 200 horas laborales por curso académico o año natural.
  • Sin vinculación obligatoria al puesto: Una de las ventajas clave es que no se exige que la formación esté relacionada directamente con tu puesto actual en la compañía; está pensado para tu desarrollo profesional y personal integral.
  • Compatibilidad: Está abierto a toda la plantilla, independientemente de tu tipo de contrato (temporal o indefinido) o de si realizas turnos especiales.

3 ¿Qué formación se puede realizar?

 

Puedes solicitar el PIF para cursar cualquier acción formativa que cuente con reconocimiento u homologación oficial, entre las que destacan:

  • Títulos oficiales del sistema educativo (Grados de Formación Profesional, Grados Universitarios, Másteres) y títulos propios de las universidades.
  • Certificados de profesionalidad del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
  • Acreditaciones oficiales de las Administraciones Públicas y carnés profesionales.
  • Procesos de reconocimiento y evaluación de competencias adquiridas por la experiencia laboral.
  • Tutorías, exámenes y pruebas presenciales asociadas a formaciones oficiales.

4  El papel del Comité de Empresa y cómo solicitarlo

 

Sabemos que conciliar la vida laboral, personal y académica exige un gran esfuerzo, por lo que no estáis solos en el proceso. Desde la Comisión de Formación velamos para que este derecho se cumpla de forma justa:

 

  1. Solicitud: Debes solicitar a la empresa el impreso oficial de solicitud del PIF (puedes enviar un correo a formacion@ayesa.com) y aportar la documentación del centro de formación y el calendario lectivo.
  1. Criterios de denegación: La empresa solo puede denegar el permiso por razones organizativas o de producción estrictamente motivadas y justificadas.
  1. Apoyo sindical: Como Comité de Empresa en los centros de trabajo de Sevilla y Barcelona, siendo la Representación Legal de los Trabajadores (RLT), debemos ser informados de cada solicitud, contáis con nuestro respaldo y asesoramiento.

 

Os animamos a dar el paso, invertir en vuestro futuro y consultar cualquier duda con nosotros. Desde CCOO ¡Estamos para defender vuestros derechos!

lunes, 14 de septiembre de 2026

Aprobación del Plan de Movilidad Sostenible de Ayesa Ingeniería y Arquitectura

 ESTIMADA COMPAÑERA, ESTIMADO COMPAÑERO

 

Desde la Sección Sindical de CCOO queremos informarte que la Comisión Negociadora entre la Representación de la Empresa y la Representación Legal de las Personas Trabajadoras, y de la que os informamos en el mes de julio, ha aprobado el I Plan de Movilidad Sostenible de Ayesa Ingeniería y Arquitectura, S.A.U. Sevilla, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 9/2025, modificada por el RDL 7/2026, que obliga a los centros de trabajo con más de 200 empleados o 100 por turno a disponer de un plan antes del 5 de diciembre de 2026.


En el siguiente enlace que puedes consultar el documento finalmente acordado:

En él podrás comprobar que se han incorporado, además de otros aspectos, algunas de las medidas que propusimos desde la Sección Sindical y otras procedentes de sugerencias recibidas por miembros de la plantilla.

En consecuencia, queremos destacar algunas de las medidas más importantes acordadas en el Plan:

    • Creación de un espacio en la intranet para impulsar la Movilidad Sostenible y, en particular, con la identificación a los medios de transporte públicos que permiten el acceso a las oficinas.
    • Sustitución paulatina de los vehículos corporativos a disposición de los empleados de la Compañía por vehículos ECO o CERO
    • Creación de un espacio en la intranet para impulsar la Movilidad Sostenible y, en particular, con información sobre "Smart Mobility Sevilla TechPark" en la que se publican las medidas de Movilidad Sostenible para las personas trabajadoras de la Cartuja y, en concreto, de su aplicación de “Carpooling”.
    • Fomento del mantenimiento de los puntos existentes de recarga de vehículos eléctricos para las personas trabajadoras, en la medida en que sea posible.
    • Revisión de los aparcamientos existentes para patinetes y bicicletas con el objeto de intentar proporcionar más espacios con sombra para el año 2027.

También se ha incorporado a propuesta nuestra una vigencia del Plan de 5 años. No obstante, las partes nos hemos comprometido a celebrar una reunión anual de seguimiento, por lo que consideramos el Plan como un punto de partida por lo que si tienes propuestas adicionales o valoraciones sobre las medidas u otros aspectos del Plan nos las hagas llegar bien escribiendo a este mail o a CCOOAYESA@gmail.com o bien poniéndote en contacto con algún delegado la Sección Sindical de CCOO.

 

Queremos aprovechar el presente correo para recordarte los beneficios del uso de modos de transporte más sostenibles para la salud y el medio ambiente, y que del 16 al 22 de septiembre de 2026 se celebra la Semana Europea de Movilidad Sostenible del año 2026 lleva por lema “movilidad para todas las personas”, planteando el derecho de toda la ciudadanía a un transporte sostenible y eficiente, sin importar el nivel de ingresos, ubicación, edad, género o capacidades.




lunes, 7 de septiembre de 2026

Nuevo procedimiento de las comunicaciones telemáticas en materia de Seguridad Social

Estimada compañera, Estimado compañero,


A partir del 1 de septiembre de 2026, las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones de incapacidad temporal (IT) y aquellas que reciban notificaciones o comunicaciones relacionadas con la incapacidad permanente (IP) o las lesiones permanentes no incapacitantes estarán obligadas, con carácter general, a recibirlas por medios electrónicos.

Esta obligación ya existía para las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
El cambio se establece en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, que modifica la Orden ISM/903/2020, reguladora de las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social.

¿A quién afecta?

  • A las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones de incapacidad temporal.
  • A quienes reciban notificaciones o comunicaciones relacionadas con prestaciones de incapacidad permanente, aunque ya la tengan reconocida.
  • A quienes reciban notificaciones o comunicaciones relacionadas con lesiones permanentes no incapacitantes.
  • También continúan obligadas las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
¿Qué cambia?

Las notificaciones y comunicaciones de la Seguridad Social correspondientes a estos procedimientos se realizarán, con carácter general, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), con la misma validez jurídica que una notificación en papel.

MUY IMPORTANTE: desde que una notificación se pone a disposición en la Sede Electrónica se dispone de 10 días naturales para acceder a ella. Si transcurre ese plazo sin hacerlo, la notificación se entiende rechazada y el procedimiento continúa, lo que puede tener consecuencias sobre los plazos para realizar trámites o presentar reclamaciones

¿Qué hay que tener en cuenta?
Es importante comprobar que la Seguridad Social dispone de nuestros datos de contacto electrónico actualizados para poder recibir los avisos de puesta a disposición de nuevas notificaciones.

El aviso es únicamente informativo. Aunque no se reciba, la notificación puesta a disposición en la Sede Electrónica sigue siendo válida.

Para acceder a las notificaciones es necesario disponer de un sistema de identificación admitido. Cuando contengan datos personales de categoría especial, como datos relativos a la salud, solo podrán consultarse mediante certificado electrónico o Cl@ve Permanente.

La normativa mantiene excepciones en las que la Seguridad Social podrá realizar la notificación por medios no electrónicos, entre ellas cuando la persona comparezca espontáneamente en un CAISS y solicite recibirla personalmente o cuando la Administración no disponga de sus datos de contacto electrónico para enviarle el aviso.

Además, quienes tengan dificultades para acceder electrónicamente a sus notificaciones podrán solicitar asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde un funcionario podrá realizar válidamente el acceso a la Sede Electrónica.

¿Cómo consultar mis datos personales en la Seguridad Social y modificarlos?

Importass es la web de la Seguridad Social donde podrás consultar y modificar tus datos personales, como el teléfono móvil y el correo electrónico Clica aquí para acceder

¿Cómo acceder a las notificaciones de la Seguridad Social?

¿Qué hacer para recibir avisos de nuevas notificaciones?

  • En la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) puedes registrar y verificar tu dirección de correo electrónico para recibir avisos por email cuando tengas nuevas notificaciones o comunicaciones de los organismos integrados en este sistema. Clica aquí para acceder a DEHú
  • Instalando en tu teléfono móvil la aplicación oficial Notifica App puedes recibir avisos push cuando tengas una nueva notificación de las Administraciones Públicas adheridas. Clica aquí para descargarte la app en Google Play para Android – Clica aquí para descargarte la app en App Store para iPhone y iPad
  • Estos avisos son complementarios y de cortesía: no sustituyen a la notificación oficial ni modifican sus efectos o plazos. Por ello, es recomendable mantener actualizados los datos de contacto en la Seguridad Social y consultar periódicamente las notificaciones electrónicas.
¿Cómo conseguir un medio de identificación digital?

  • Cl@ve: puede obtenerse registrándose en el sistema Cl@ve. Además, en las oficinas del INSS puede tramitarse Cl@ve Permanente sin cita previa. Clica aquí para acceder a la web de registro de Cl@ve
  • DNI electrónico (DNIe): se obtiene junto con el DNI en las oficinas de expedición de la Policía Nacional. Sus certificados electrónicos pueden activarse o renovarse en los puntos de actualización del DNIe.
  • Certificado digital: puede solicitarse a través de la FNMT y acreditar posteriormente la identidad por alguno de los medios habilitados. También puede tramitarse su expedición en las oficinas del INSS sin cita previa. Clica aquí para acceder a la web del Certificado Electrónico de Ciudadano
Si actualmente no dispones de ningún sistema de identificación electrónica, te recomendamos tramitarlo lo antes posible y comprobar que puedes acceder correctamente a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.


Para mayor comodidad, desde la Comunicación federal de CCOO se generó el siguiente vídeo explicativo de la información contenida en el presente correo:

Si necesitas alguna aclaración o tienes alguna duda respecto a este u otros temas, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegada o delegado de CCOO, escribir a este mail a CCOOAYESA@gmail.com.