ESTIMADA COMPAÑERA, ESTIMADO COMPAÑERO
Desde la Sección Sindical de CCOO queremos recordarte que en Ayesa existe un acuerdo firmado por la Empresa y el Comité Empresa que puedes consultar en el siguiente enlace
ACTA DE REUNION ACUERDO DELINEANTES_11_04_14 1.pdf, por el cual se pagan o se compensan en tiempo las horas extras a los/las delineantes y a los/las secretarias.
Si nuestro jefe de proyecto nos requiere para hacer horas extras de un proyecto por circunstancias de tiempo o volumen de trabajo, y podemos o queremos realizar esas horas (hay que recordar que las horas extras son voluntarias) se debe realizar el siguiente proceso: 1º - pedir al responsable de proyecto que
autorice la realización de horas extras a abonar o compensar, lo cual es imprescindible para la realización de las horas extras; 2º - realizar dichas horas en los días y horas acordados con el responsable; 3º - rellenar el parte con las horas realizadas que tiene carácter mensual
AUTORIZACION MENSUAL DE TRABAJOS EXTRA.xlsx, indicando si las horas son a compensar o a remunerar; 4º - una vez firmado el parte mensual de horas por dicho responsable se debe remitir a RRHH para su validación.
Cabe indicarse que en el caso del pago de las horas extras estas serán abonadas al mes siguiente al de la realización de dichas horas y aparecerán reflejadas en la nómina. En el caso del disfrute de los periodos de compensación por tiempo estos serán acordados por los responsables de departamento y trabajadores en cuestión.
Tanto la compensación en tiempo como la remuneración por la realización de horas extras se rigen por el siguiente documento
Precio horas extras actualizado 2026.pdf, el cual fue actualizado en dicha reunión y por el Convenio Colectivo. Se consideran horas extras todas aquellas que exceden de la jornada de trabajo diaria, y si las horas extras son realizadas después de las 22:00 h o en fines de semana o festivos la compensación es diferente a las de las realizadas en prolongación de la jornada diaria. Así, la compensación en tiempo es de 1.75 por cada hora extra realizada si son en jornada normal (de lunes a viernes antes de las 22:00 h) y de 2 si se realizan en fines de semana o después de las 22:00 h o en festivos.
Desde CCOO defendemos el uso adecuado de horas extras y, en consonancia con lo redactado en el Convenio Colectivo, abogamos por la supresión de las horas extras, dado que creemos que si el número de horas extras en una empresa es excesivo es por falta de planificación o de personal y la solución es contratar más personal y/o repartir las cargas de trabajo adecuadamente. En cualquier caso recordamos que cada persona trabajadora solo puede realizar como máximo 80 horas extras remuneradas anuales.
Si estas contratado en las categorías de Delineante, Delineante proyectista o Secretario/Secretaria tienen que pagarte o compensarte las horas extras, no lo dejes pasar, es tu derecho.
Si tienes alguna duda ponte en contacto con los delineantes de la Sección Sindical de CCOO Cristóbal Angulo, Paco Domínguez, David Gaitán, Antonio Maestre, o con cualquier delegado/a de CCOO.